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El Intervencionista

La tolerancia sospechosa de Diego Galván

Cuando el Programa de Alimentación Escolar (PAE) de Sincelejo comenzó a acumular incumplimientos en el pago de la nómina, la acreditación de la seguridad social, la presentación de los informes de ejecución y la radicación de las cuentas de cobro, sin una reacción efectiva de Diego Galván, en su condición de secretario de Educación y supervisor del convenio, dejó de tratarse de simples incumplimientos contractuales.  Mas  bien   enrostró una cadena de irregularidades que, por su reiteración y gravedad, plantea serios interrogantes sobre eventuales responsabilidades fiscales, disciplinarias e incluso penales.

La primera evidencia de esa tolerancia aparece en el Hallazgo No. 19 del Informe de Auditoría de Cumplimiento de la Contraloría General de la República, CGR-CDSECTCRD No. 32 – CAT_180_2026_1 (junio de 2026). Allí se documentó que, mientras el municipio mantenía obligaciones pendientes por más de $2.060 millones correspondientes a actas ya aprobadas, el operador dejó de presentar los informes de ejecución y las facturas de septiembre y octubre de 2025, además de omitir el pago de la seguridad social del personal durante esos mismos meses.

Pese a la gravedad y reiteración de estas conductas, la Contraloría concluyó que no existió una actuación efectiva de la supervisión para exigir el cumplimiento de las obligaciones contractuales, circunstancia que puso en riesgo la continuidad del PAE y afectó tanto a los beneficiarios como al personal vinculado al programa.

La inactividad de la supervisión no puede analizarse como un hecho aislado. Los reiterados incumplimientos en el pago de la nómina y de la seguridad social retrasaron la radicación de las cuentas de cobro, pues el propio convenio exigía acreditar esas obligaciones como requisito para el trámite de los pagos.

A su vez, la ausencia de las cuentas de cobro impidió la presentación oportuna de los informes de ejecución, documento indispensable para que la supervisión verificara el cumplimiento del contrato. El resultado fue una supervisión que dejó de ejercer un control preventivo para convertirse en un control tardío, cuando las irregularidades ya se habían consolidado.

Las consecuencias de esa supervisión ineficaz quedaron reflejadas en el Hallazgo No. 20 del mismo informe de auditoría. Después de confrontar la estructura de costos del convenio con la nómina y los aportes a seguridad social aportados por el operador, la Contraloría estableció diferencias por $1.629 millones en los componentes correspondientes a manipuladoras de alimentos y personal administrativo, precisamente aquellos cuya verificación hacía parte de las responsabilidades de la supervisión.

La tolerancia de la supervisión quedó aún más expuesta cuando el 4 de noviembre de 2025 el Secretario de Educación y el representante del Consorcio PAE Universal certificaron el recibo a satisfacción de la ejecución del PAE hasta el 28 de octubre de 2025. Sin embargo, el 6 de mayo de 2026 la propia Secretaría informó a la Contraloría que los informes de ejecución de septiembre y octubre nunca habían sido radicados por el operador.

A ello se suma que en SECOP II la factura correspondiente a octubre aparece con fecha del 20 de enero de 2026 y, a la fecha de esta publicación, no existe una secuencia completa de facturas e informes correspondientes a noviembre y diciembre de 2025 ni de los primeros meses de 2026.

Lejos de tratarse de hechos superados, la revisión de SECOP II permite advertir que los interrogantes sobre la supervisión del PAE permanecen abiertos.

La ausencia de una secuencia completa de facturas e informes de ejecución posteriores a octubre de 2025 plantea una duda legítima sobre la oportunidad con la que continuó ejerciéndose el control contractual. Así se vislumbra en los soportes de ejecución contractual de Secop II donde la ultima factura radicada el 26 de junio de 2026   corresponde solo al informe del  periodo de 1 al 28 de octubre de 2025.

Si los principales soportes del convenio siguen sin aparecer de manera completa en el expediente electrónico, donde se puede  constatar 8 meses sin facturar,  la pregunta es inevitable:

¿las deficiencias advertidas por la Contraloría fueron realmente corregidas o la supervisión continuó siendo insuficiente? Esa respuesta ya no la debe dar únicamente el operador; también la debe explicar quien tenía el deber contractual de vigilar su cumplimiento.

Los hallazgos de la Contraloría cerraron una auditoría, pero no cerraron las dudas. Esas dudas hoy tienen nombre propio: Diego Galván. Como supervisor del convenio, le corresponde explicar por qué el PAE llegó a este nivel de incumplimientos sin que la supervisión actuara con la oportunidad y eficacia que el contrato le imponía.

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