En Sincelejo, Ley de Garantías Electorales —Ley 996 del 24 de julio de 2005, parece haberse actualizado a una versión light: se lee, se cita… y se ignora. Así lo confirma la Resolución 020 de 2026, firmada con absoluta tranquilidad por Marcela del Carmen Pérez Contreras, contralora municipal, el 5 febrero de 2026, quien decidió que el mejor momento para estrenar periodo era declarar insubsistente al Secretario General de la Contraloría Municipal de Sincelejo, justo cuando el país entra en su etapa más delicada en materia de neutralidad institucional.


Nada nuevo bajo el sol del crash, El libreto es viejo y conocido: cargo de libre nombramiento, frases genéricas, cero hechos verificables y una “confianza institucional” que misteriosamente se pierde cuando arranca el calendario electoral. Un clásico administrativo. Tan clásico que la Procuraduría General de la Nación lleva años explicando que la discrecionalidad no es un cheque en blanco, aunque en Sincelejo parezca venir con firma automática desde el 5 piso de la alcaldía.
La Procuraduría ha sido clara clarísima: incluso en cargos discrecionales, las decisiones deben obedecer a razonabilidad, proporcionalidad y finalidad, y se vuelven reprochables cuando se usan para reacomodar fichas, ajustar lealtades o hacer limpiezas silenciosas, convenientemente disfrazadas de legalidad. Pero en esta resolución la motivación no es pobre: simplemente no existe. Y la urgencia, como el rigor, nunca apareció.
La Resolución 020 no explica qué hizo mal el funcionario, qué daño causó, qué riesgo institucional enfrentaba la entidad, ni por qué la decisión era tan apremiante que no podía esperar a que pasara la Ley de Garantías. Nada. Solo frases de manual, de esas que sirven igual para justificar un tinto, que una insubsistencia. La discrecionalidad en su forma más pura y honesta: “porque puedo, porque yo mando, porque quiero y porque firmo”, al mejor estilo del crash de la alcaldía.
La Procuraduría también ha advertido que, durante la Ley de Garantías, los movimientos de personal deben analizarse con lupa reforzada, precisamente para evitar que se conviertan en mecanismos de presión política o alineamiento administrativo. En Sincelejo, al parecer, la lupa estorbaba… así que se guardó. Y en su lugar se usó prestada la guillotina de la alcaldía.
Pero el asunto no termina ahí. Lo verdaderamente inquietante es el mensaje. Si así actúa la contralora apenas comienza su periodo, cuando aún debería estar demostrando independencia, prudencia y rigor técnico, imagínese cómo será el control fiscal para la alcaldía de sincelejo y sus entes descentralizados cuando ya esté completamente acomodada en el cargo. Más aún cuando en los pasillos políticos de la ciudad se escucha, cada vez con menos pudor, que la Contraloría es “de bolsillo” del alcalde Yahir Acuña.
Y entonces la pregunta deja de ser retórica:
¿A quién va a vigilar la Contraloría?
¿Al poder local… o a los que no hacen parte de él?
Resulta casi poético si no fuera tan grave que la entidad encargada de exigir motivación, legalidad y transparencia sea la primera en normalizar actos sin justificación material, amparados únicamente en la “confianza” personal de la contralora. Una confianza que, curiosamente se escucha en voz alta, está bien alineada con el poder político del crash.
La Procuraduría ha sido categórica: cuando la discrecionalidad se usa para acomodar fichas y no para proteger el interés general, el problema deja de ser administrativo y pasa a ser disciplinario. Y cuando eso ocurre en un órgano de control, el daño no es simple: es doble y estructural.
Hoy no se discute la salida de un funcionario. Se discute algo mucho más serio: el mensaje de docilidad, conveniencia y silencio cómodo que empieza a proyectar una Contraloría que debería ser incómoda para el poder, no funcional a él.
Porque si este es el “abrebocas” del periodo de Marcela del Carmen Pérez Contreras, con la Ley de Garantías apenas calentando motores, el control fiscal que viene no promete vigilancia.
Promete silencio bien firmado.