La Procuraduría Provincial de Instrucción de Sincelejo hizo bien el mandadito: formuló cargos pegados con babas para crucificar a exfuncionarios públicos con acusaciones sin sustento técnico ni jurídico. Así prepararon la plataforma para alimentar el show mediático y servir a una estrategia de ataque político.


Fuente: El Meridiano.
El 10 de julio de 2025, la Procuradora Provincial de Instrucción Cira Patricia Corrales Romero profirió auto de formulación de cargos contra Sandra Milena Fernández Parra y Katiuska Margarita Fernández Castillo. La primera, en calidad de directora de Gestión Contractual, y la segunda, como jefe de la Oficina Jurídica de la Alcaldía de Sincelejo durante el periodo 2020–2023.
La investigación se originó por una compulsación de copias dentro del expediente adelantado por la Procuraduría Delegada para el Seguimiento a los Recursos del Sistema General de Regalías, en relación con el proyecto “Construcción del estadio 20 de enero del municipio de Sincelejo, departamento de Sucre”, cuyo valor inicial fue de 24 mil millones de pesos, luego adicionado en 12 mil millones, alcanzando un total de 36 mil millones con recursos del SGR.

Los cargos presentados aludían a presuntas irregularidades en la constitución de las garantías de los contratos de obra e interventoría, por supuestamente no cumplir con las coberturas mínimas exigidas por el Decreto 1082 de 2015. Específicamente, se señalaba una falta de suficiencia en la Garantía Única de Cumplimiento y en la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual.


Como cosa rara, según la Procuraduría Provincial de Instrucción de Sincelejo, dichas supuestas insuficiencias resultaron infundadas. Se comprobó que las garantías cumplían con los porcentajes mínimos requeridos: 100 % para la inversión del anticipo y 10 % para el cumplimiento del contrato. En el contrato de obra LO-030-OP-2019, suscrito en debida forma, se respetaron los requisitos legales en cuanto a plazos y porcentajes.

Respecto a la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual, también se verificó que el valor asegurado correspondía al 5 % del valor total del contrato, tal como lo exige la norma. Aun así, la Procuraduría Provincial de Instrucción de Sincelejo decidió hilar más fino —o más bien, buscar la caída— al concluir que dicha póliza (No. 53-49-101005024) no contemplaba todos los amparos mínimos exigidos por ley. La conclusión se basó únicamente en la revisión de la carátula, ignorando los anexos que se encuentran en la página web de la aseguradora, donde se pueden encontrar detalladas todas las coberturas obligatorias definidas por la ley.

La presbicia selectiva de la funcionaria sustanciadora omitió investigar que toda póliza de RCE para obra civil en su carátula hace mención de las condiciones generales de ley que se anexan —el contrato de seguro proforma de Seguros del Estado—, donde se puede constatar todas las coberturas incluidas en el amparo de la garantía, situación de la que se hubiera percatado la procuradora si hubiera llamado a las investigadas a versión libre antes de la formulación de cargos. En otras palabras, la Procuraduría construyó su imputación sobre una lectura parcial e interesada.


Pese a todo, se formularon cargos a las exfuncionarias, alegando que aprobaron una póliza registrada únicamente al municipio de Sincelejo como asegurado, y que solo incluía el amparo de “predios, labores y operaciones”, desconociendo supuestamente los amparos mínimos exigidos por la norma. Se les acusó de haber incurrido en una falta gravísima, por haber participado en la etapa precontractual en detrimento del patrimonio público y en contravía de los principios de la contratación estatal.

Acusaciones que, sin embargo, se desvanecen al revisar los documentos completos: las coberturas estaban contenidas en los anexos, como lo exige la normativa.
Lo más irónico es que durante la ejecución del proyecto de construcción del estadio 20 de enero —entre mayo de 2022 y junio de 2024— hubo varias prórrogas y una suspensión (entre agosto de 2022 y julio de 2023), lo que obligó a que la administración municipal ordenara actualizar al contratista tanto la Garantía Única de Cumplimiento como la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual para obra civil.
Esto llevó a que, ya en la administración del alcalde Yahir Acuña Cardales, la secretaria jurídica Yeimis Urzola Torres y Dayan Arenas, directora de Gestión Contractual, firmaran nuevos oficios de aprobación de garantías. El 5 de marzo de 2024 se aprobaron exactamente las mismas pólizas que fueron constituidas desde el inicio del contrato LP-030-OP-2019, incluyendo la misma póliza de RCE para obra civil cuestionada por la Procuraduría Provincial de Instrucción de Sincelejo. En estas aprobaciones también figura únicamente el municipio como beneficiario y el amparo básico de “predios, labores y operaciones”.

En otras palabras, bajo los mismos criterios jurídicos de la Procuraduría Provincial, deberían existir cargos disciplinarios no solo contra las exfuncionarias del periodo anterior, sino también contra los actuales responsables de firmar y aprobar exactamente las mismas pólizas. Pero eso no sucederá.
Además, la construcción del estadio 20 de enero ya fue terminada, la obra fue entregada y no se consolidaron riesgos que activaran o comprometieran las pólizas de garantía. No hubo siniestros, incumplimientos ni perjuicios al patrimonio público. En otras palabras, la finalidad de las garantías —que es proteger al Estado ante riesgos contractuales— nunca se vio afectada, lo que vuelve aún más absurdo e innecesaria la formulación de cargosde la Procuraduría Provincial de Instrucción de Sincelejo. ¿De qué se acusa entonces, si no hubo daño, ni riesgo, ni omisión real?

Lo cierto es que en este caso no se percibe un riguroso ejercicio de control disciplinario, sino una estrategia de desgaste contra funcionarias a quienes no se les ha podido demostrar falta alguna.
Por el contrario, nos encontramos con un aparato disciplinario desorientado y que fue usado como herramienta política para sustentar un relato conveniente para intereses particulares: que todo lo de la administración anterior fue ilegal, corrupto o deficiente, sin sustento técnico ni jurídico.
La jugada, sin embargo, salió torcida. Si se aplicara el mismo rasero, la administración actual estaría incursa en los mismos reproches jurídicos. Pero ya sabemos que no se trata de justicia ni de legalidad, sino de cálculo político.
Y en ese cálculo, la Procuraduría quedó al servicio del libreto. Una entidad que debería ser garante de la legalidad hoy actúa como operador político, desdibujando su función institucional y traicionando la confianza que la ciudadanía aún intenta depositar en los órganos de control.
Posdata: Celebramos la caída de la tasa de seguridad; como Intervencionista seguiremos en pie de lucha hasta desmontar completamente este impuesto.