El control político es una función esencial del Concejo Municipal, consagrada en el artículo 313 de la Constitución Política de Colombia, el cual establece que corresponde a los concejos “ejercer el control político sobre la administración municipal” y citar a los funcionarios de la administración para que rindan cuentas.
Esta función se desarrolla también conforme a la Ley 136 de 1994, modificada por la Ley 1551 de 2012, que en su artículo 32 otorga a los concejales la facultad de ejercer dicho control mediante debates, proposiciones y citaciones, y se encuentra reglamentada en los artículos 38 y 52 del Reglamento Interno del Concejo Municipal de Sincelejo (Acuerdo 328 de 2022), que obliga a garantizar la publicidad y la transparencia de las actuaciones de la administración.
Sin embargo, en Sincelejo, esta obligación constitucional fue abiertamente pisoteada en la sesión del 4 de julio de 2025 por una mayoría sumisa que actuó más como barra política del alcalde de Sincelejo que como poder independiente y autónomo.
En un hecho que despierta profundas dudas sobre la transparencia de la reestructuración de la planta de personal de la Alcaldía, el concejal Jorge Centanaro señaló una maniobra oscura orquestada por su colega Luis Alberto Manotas y respaldada por 14 votos de la coalición mayoritaria, quienes, aprovechando su ausencia, presentaron y aprobaron una proposición para suspender un debate de control político ya aprobado por unanimidad y en trámite, el cual buscaba citar a la Secretaría General y al jefe de la Oficina de Recursos Humanos de la Alcaldía de Sincelejo.
El concejal Jorge Centanaro, quien apoyó en su momento las facultades otorgadas al alcalde para realizar la reestructuración, dejó claro que su intención era obtener información objetiva y poner fin a los rumores que circulan entre los funcionarios públicos.
“Esta proposición ha sido tergiversada. Lo único que pretendía era acabar con los chismes de pasillo que están generando un ambiente tenso en la Administración y que la Secretaría General nos dijera con claridad qué está ocurriendo”, afirmó en su intervención el concejal Jorge Centanaro.
Pero la realidad es que, mientras los concejales de la coalición del alcalde silencian el control político, los trabajadores de planta están sometidos a un clima de zozobra y hostilidad laboral permanente.
Todos los días circulan rumores sobre supuestas “listas de masacres laborales” que, aunque no han sido confirmadas oficialmente, ya están causando angustia emocional, problemas psicológicos, afectaciones familiares e incluso desmotivación institucional. Se está incubando una crisis humana y administrativa, mientras desde el Concejo se promueve el silencio.
La proposición para suspender el debate, presentada sin que la funcionaria citada hubiese sido notificada formalmente, fue rechazada por las concejalas Milena Toro y Daniela Vergara, quienes se negaron a participar del encubrimiento deliberado de un proceso que exige transparencia total.
La concejal Milena Toro no solo respaldó la citación, sino que realizó una intervención crítica y técnica contra el contenido del Acuerdo 358 de 2025, formulando preguntas de fondo sobre su legalidad, sustento técnico, metodologías, participación ciudadana, coherencia con el Plan de Desarrollo y cumplimiento de los acuerdos sindicales.
“La reestructuración no puede hacerse a espaldas del Concejo, ni mucho menos de los ciudadanos y trabajadores que son los directamente afectados”, afirmó en su intervención la concejal Milena Toro, evidenciando un compromiso con el control político que contrasta con el silencio cómplice de la coalición mayoritaria.
La decisión de suspender el debate no solo fue política, sino profundamente peligrosa para el ejercicio democrático en el Concejo de Sincelejo.
Hay tres aspectos que hacen aún más grave esta actuación:
1. Afectación del principio de buena fe y transparencia deliberativa:
La suspensión, realizada en ausencia del concejal Jorge Centanaro —proponente original— y sin justificación pública clara, podría interpretarse como una maniobra politiquera y antidemocrática, violatoria del espíritu de deliberación abierta y plural que debe regir los cuerpos colegiados.
2. Desnaturalización del control político:
El control político no puede estar supeditado a conveniencias ni cálculos de gobernabilidad. Suspender un debate sobre una reestructuración administrativa, en medio de rumores, temores laborales y falta de información oficial, es una afrenta directa a la ciudadanía, a los empleados y una burla a la función constitucional del Concejo.
3. Violación del debido procedimiento político:
Si la proposición de suspensión no fue registrada conforme al reglamento, no fue debidamente motivada y no se dio el uso de la palabra al autor de la proposición inicial, concejal Centanaro, se configuraría un vicio de procedimiento.
Ante la gravedad de esta situación, hago un llamado urgente a la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría Municipal de Sincelejo, la Personería Municipal de Sincelejo y, especialmente, al Ministerio del Trabajo, para que intervengan de manera inmediata en defensa de los derechos laborales, la salud mental de los funcionarios y la legalidad del proceso de reestructuración que hoy avanza bajo un manto de dudas, miedo y silencio institucional.
No se puede permitir que el abuso del poder y el encubrimiento político se impongan sobre los principios de legalidad, dignidad humana y buen gobierno.