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El Intervencionista

Corporación 20 de Enero y el quórum falaz

En su rendición de cuentas, el alcalde Yahir Acuña no solo anunció una gestión: confesó una transformación institucional de alto calibre. La Corporación 20 de Enero —históricamente encargada de promover las festividades del Dulce Nombre de Jesús— fue convertida en el brazo ejecutor de la administración municipal para manejar miles de millones de pesos, mediante una reforma estatutaria que, según se ha conocido, habría sido aprobada por corporados sin delegación ni representación legal, y soportada en un quórum abiertamente falaz.

No se trata de un ajuste administrativo menor, sino de una operación que, de confirmarse, compromete la legalidad misma del andamiaje que hoy pretende ejecutar recursos públicos.

La Corporación Fiestas del 20 de Enero tiene su origen en el Acuerdo Municipal No. 188 de 2017, mediante el cual el Concejo de Sincelejo autorizó la creación de una entidad de naturaleza mixta con un objeto estrictamente cultural: coordinar, organizar y promover las festividades del Dulce Nombre de Jesús.

En desarrollo de esa autorización, el 24 de noviembre de 2017 se constituyó formalmente la corporación, integrada inicialmente por el Municipio de Sincelejo, la Cámara de Comercio de Sincelejo y la Corporación Universitaria del Caribe – CECAR. Estos miembros fundadores conformaban el núcleo decisorio de la entidad y, conforme a los estatutos, estructuraban el quórum deliberatorio y decisorio bajo reglas de mayoría simple: la mitad más uno de los corporados.

Dentro de esa estructura, la Corporación Universitaria del Caribe – CECAR adquiere una relevancia determinante, no solo por su condición de miembro fundador, sino por la forma en que ejercía su representación. En 2017, esta recaía en Noel Alfonso Morales Calao, en su calidad de rector y representante legal. Sin embargo, desde 2018 se habría implementado un esquema de delegación mediante poder otorgado a su hijo, Noel Alfonso Morales Tuesca, quien terminó actuando en escenarios decisorios de la corporación.

Lo que en principio podría parecer una simple delegación adquiere una dimensión crítica en los años 2024 y 2025, cuando se pone en duda la vigencia de dicha representación para efectos de conformar el quórum en decisiones trascendentales: la reforma estatutaria que redefine la naturaleza jurídica de la entidad y la incorporación de nuevos corporados a una estructura que originalmente estaba reservada a sus fundadores.

La alerta deja de ser especulación y pasa a ser evidencia. La propia Corporación Universitaria del Caribe – CECAR certificó que Noel Alfonso Morales Tuesca no fungía como representante legal —ni principal ni suplente— en fechas clave como el 7 de octubre de 2024, el 3 de febrero de 2025, el 11 de junio de 2025 y el 10 de noviembre de 2025 fechas en el que se suscribieron actas de vital importancia para la Corporación 20 de enero . Más aún, precisó que la representación legal recaía en Carlos Mauricio García Hoyos y, como suplente, en Yidio Alberto Álvarez Humánez, y que no existía delegación vigente que lo habilitara para actuar en su nombre.

Esto significa que quien participó y votó en nombre de CECAR carecía de toda habilitación jurídica. Aun así, su intervención fue contabilizada para conformar el quórum y adoptar decisiones estructurales, configurando no un simple defecto formal, sino una alteración sustancial en la formación de la voluntad del órgano decisorio.

Su voto fue determinante para integrar el quórum y viabilizar la aprobación de la reforma estatutaria contenida en el Acta de Asamblea Extraordinaria No. 6 del 7 de octubre de 2024 —que convierte a la corporación en ejecutora de recursos públicos—.

 

y del Acta No. 7 del 3 de febrero de 2025, mediante la cual se incorporan nuevos miembros y donde Noel Alfonso Morales Tuesca aprueba sin delegación alguna la entrada de Policaribe una entidad de propiedad de su familia. Todo ello, pese a que la validez del órgano decisorio depende de la concurrencia de corporados debidamente representados.

En otras palabras, no se trató de un simple vicio formal: fue la inclusión de un actor sin legitimación la que permitió construir artificialmente la mayoría. Allí es donde el quórum deja de ser una garantía democrática interna y se convierte, lisa y llanamente, en un quórum falaz.

Todo esto ocurrió ante la mirada impávida del alcalde Yahir Acuña Cardales, quien intervino en la Asamblea Extraordinaria No. 6 de 2024 sin que se evidencie delegación formal, junto al presidente de la Cámara de Comercio de Sincelejo, Hernán Enrique García Amador.

Lo más grave no es solo la irregularidad del quórum, sino la ausencia de una mínima verificación de la representación en decisiones de tal magnitud, permitiendo la participación de actores sin habilitación jurídica y convalidando así un proceso donde la legalidad fue, simplemente, ignorada.

Lo que viene no es un debate político, es un problema jurídico: nulidades, responsabilidades y jueces llamados a poner orden donde claramente no lo hubo. Actas y facultades para ejecutar más de 100 mil millones de pesos quedaron en manos de corporados —antiguos y nuevos— cuya legitimidad hoy está en entredicho.

Y esto, en buena medida, confirma la razón del retiro de sus corporados  fundadores, la Cámara de Comercio de Sincelejo y CECAR: quienes ante la desinformación y la opacidad decidieron blindar su imagen institucional.

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